RESOLUCIÓN 1/2021
VISTO:
- La Resolución 1/2020.
- La situación de excepcionalidad por la pandemia Covid 19, y el Distanciamiento Social Preventivo Obligatorio (DISPO) determinado por el Gobierno Nacional.
- La apertura progresiva de actividades, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el cumplimiento de protocolos de bioseguridad establecidos para tal fin.
- El establecimiento por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de un Protocolo de bioseguridad, a cumplimentar por los Consejos de Profesionales ubicados en su territorio.
Y CONSIDERANDO QUE:
- Este Tribunal de Disciplina, comenzó a sesionar, con la limitación establecida por las diferentes etapas, según las regiones y su condición epidemiológica.
- Se ha iniciado un Plan de Vacunación masiva para todo el País. • Se debe continuar con las medidas de cuidado personal y el distanciamiento físico.
- En el presente contexto, las nuevas tecnologías, han facilitado la comunicación, circulación de información, formaciones, reuniones de trabajo y la intervención profesional,
POR LO EXPUESTO: Este Tribunal en Pleno, en el ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento del protocolo de bioseguridad establecido por nuestro Consejo Profesional
RESUELVE:
Aplicar un sistema mixto de trabajo; brindando atención virtual y con presencia física en aquellos casos en que, por motivos argumentados, este Tribunal de Disciplina, considere que no fuera posible realizar atención virtual, pudiendo convocar a les involucrades; con las medidas de cuidado pertinentes que la situación de pandemia amerite.
- a) Atención Virtual, para:
- Recibir nuevas denuncias, las que deberán ser enviadas al correo electrónico de este Tribunal de Disciplina tdisciplina_caba@trabajo-social.org.ar asegurando así la confidencialidad y el cumplimiento de los plazos procesales estipulados en el Código de Ética. Así mismo, el TD tal cual lo específica el mismo Código, podrá ampliar los plazos según sea necesario.
- Comunicar el traslado de las denuncias a les colegues denunciades.
- Tratar las denuncias presentadas.
- Llevar a cabo las reuniones obligatorias y no obligatorias del TD 5. Atención de consultas, y orientación a les matriculades.
- b) Atención Presencial, para:
- Encuentros y entrevistas aclaratorios, con matriculades denunciantes y denunciades, si la singularidad de la denuncia así lo requiere.
CABA, 10 de marzo del 2021
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