RESOLUCIÓN 1/2021 

VISTO:  

  • La Resolución 1/2020. 
  • La situación de excepcionalidad por la pandemia Covid 19, y el Distanciamiento Social Preventivo Obligatorio (DISPO) determinado  por el Gobierno Nacional. 
  • La apertura progresiva de actividades, en la Ciudad Autónoma de  Buenos Aires, con el cumplimiento de protocolos de bioseguridad  establecidos para tal fin. 
  • El establecimiento por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de  Buenos Aires de un Protocolo de bioseguridad, a cumplimentar por los  Consejos de Profesionales ubicados en su territorio. 

Y CONSIDERANDO QUE: 

  • Este Tribunal de Disciplina, comenzó a sesionar, con la limitación  establecida por las diferentes etapas, según las regiones y su  condición epidemiológica. 
  • Se ha iniciado un Plan de Vacunación masiva para todo el País. Se debe continuar con las medidas de cuidado personal y el  distanciamiento físico. 
  • En el presente contexto, las nuevas tecnologías, han facilitado la  comunicación, circulación de información, formaciones, reuniones de  trabajo y la intervención profesional,  

POR LO EXPUESTO: Este Tribunal en Pleno, en el ejercicio de sus  atribuciones y en cumplimiento del protocolo de bioseguridad establecido  por nuestro Consejo Profesional 

RESUELVE: 

Aplicar un sistema mixto de trabajo; brindando atención virtual y con  presencia física en aquellos casos en que, por motivos argumentados, este Tribunal de Disciplina, considere que no fuera posible realizar atención  virtual, pudiendo convocar a les involucrades; con las medidas de cuidado  pertinentes que la situación de pandemia amerite.

  1. a) Atención Virtual, para: 
  2. Recibir nuevas denuncias, las que deberán ser enviadas al correo  electrónico de este Tribunal de Disciplina tdisciplina_caba@trabajo-social.org.ar asegurando así la  confidencialidad y el cumplimiento de los plazos procesales  estipulados en el Código de Ética. Así mismo, el TD tal cual lo  específica el mismo Código, podrá ampliar los plazos según sea  necesario. 
  3. Comunicar el traslado de las denuncias a les colegues  denunciades. 
  4. Tratar las denuncias presentadas. 
  5. Llevar a cabo las reuniones obligatorias y no obligatorias del TD 5. Atención de consultas, y orientación a les matriculades. 
  6. b) Atención Presencial, para: 
  7. Encuentros y entrevistas aclaratorios, con matriculades  denunciantes y denunciades, si la singularidad de la denuncia así  lo requiere. 

CABA, 10 de marzo del 2021

DESCARGAR