15 de diciembre de 2014

Con el fin de ampliar los canales institucionales que faciliten y potencien la participación de los y las colegas en el Consejo Profesional, se aprobó el pasado 15 de diciembre la modificación del Reglamento Interno. Para ello se consideró necesario fortalecer distintas instancias, apostando a la deliberación  plural mediante procesos de discusión y reflexión que contemplen la diversidad del colectivo profesional.


A su vez, entendemos que la ampliación y fortalecimiento de los distintos ámbitos de participación aporta al desarrollo de la responsabilidad política de los y las colegas, a partir de la intervención en instancias que los afectan.

A fin de extender los espacios institucionales, en los cuales matriculadas/os puedan formar parte del ejercicio deliberativo, se consideró prioritaria la revisión y modificación del reglamento interno en lo que respecta a la asamblea de delegados, con el propósito de establecer la apertura de la misma. Entendemos que la posibilidad de participación por parte de los y las colegas en dicho espacio, permitiría incorporar el mayor número de voces posible en la definición de los problemas y en la construcción de una mayor legitimidad en la toma de decisiones.

El artículo 39 del Reglamento interno determinaba que las sesiones de la asamblea tenían un carácter público, “pero solo ingresarán al recinto de deliberaciones los Delegados debidamente acreditados”. El carácter público que se manifestaba no propiciaba una participación activa de los/as matriculados/as.

A fin de dotar a la Asamblea de participación activa de los/as colegas, se busca nutrir dicho espacio de reflexión y debate sobre nuestro colectivo profesional, habilitando los espacios deliberativos de los y las matriculados/as.

Se aprobó entonces en la Asamblea de Delegadas del pasado 15 de diciembre incorporar la presencia de los y las matriculadas/os en la Asamblea de Delegados/as, ejerciendo el derecho al uso de su voz y siendo representado, como contempla ley, en su voto por los/as delegados/as electos/as:

Artículo 39: “Las sesiones de Asamblea serán públicas, pudiendo ingresar al recinto de deliberaciones todos/as los y las matriculados/as debidamente identificados/as, con derecho a voz en la misma. Asimismo ingresarán todos/as los Delegados/as debidamente acreditados/as, siendo estos quienes ejercerán el derecho a voz y voto”.

Sumado a lo anterior, con fines esclarecedores y participativos, se modificó el artículo 40, ya que presentaba dificultades en relación a la determinación de entrada y salida de Delegados/as de la Asamblea, considerándose ambigua la cuestión de la naturalidad de los reemplazos. Debido a lo anterior, se aprobó la entrada con voz y voto de Delegados/as a la Asamblea hasta tanto se complete el número de Delegados/as que le corresponde a cada lista electa, ya sean estos titulares o suplentes.  Respecto de las posteriores entradas o salidas, se registrarán las mismas, y siempre se priorizará la cantidad de votos correspondientes a cada lista, priorizando primero los de titulares, y luego siguiendo con los suplentes. De esta manera, se contará con los votos correspondientes a cada lista sin necesidad de restringir los reemplazos de forma individual, sino colectivos, así como se propiciará la concurrencia de todos/as los/as delegados/as electos.

Por otro lado, se considera que los/as delegados/as debieran ser invitados de forma amplia a la participación, no debiendo nunca, ninguno de estos, tener que abandonar el recinto si éste no lo deseare. En relación al voto, y como antes dicho, se tomarán primero los votos de titulares, para luego tomar los de suplentes en el orden que fueron propuestos en sus listas, hasta tanto contar con el mayor número posible con el que la lista cuenta en su legítima representación de matriculados/as.

En este sentido, se aprobó el Artículo 40: “En relación al ejercicio del voto, en caso de que no concurrieran a las sesiones los Delegados Titulares electos, el derecho a voto será trasladado a los suplentes proclamados, en el orden en el que figuraban en la lista por la cual resultaron electos, hasta tanto contar con la mayor cantidad de votos posible correspondiente con la representación alcanzada por cada lista electa; debiendo en tal caso suscribir estos últimos el registro respectivo. Si un asambleísta con derecho a voto deseare retirarse de la sesión, se dejará constancia de la hora de retiro, momento en que otro asambleísta de la misma lista electa, tomará derecho a voto”.

Se considera que ambas modificaciones propician una mayor participación y enriquecimiento de los debates de la Asamblea, así como el aumento de la legitimidad de las decisiones de la misma en relación al Colectivo Profesional.

Puede acceder al Reglamento Interno en el siguiente Link!