Desde la Secretaría de Derechos Humanos y Sociales del Consejo Profesional de Graduados en Trabajo Social manifestamos nuestra preocupación por la situación que se viene registrando a lo largo de estos últimos años de aumento de los índices de pobreza (al 34%) e indigencia (8%).
Claramente estas cifras dan cuenta de la profunda afectación a los derechos a la alimentación y vida digna de los sectores populares y grupos vulnerables con quienes trabajamos cotidianamente, como ser: niñas, niños y adolescentes, personas gestantes, adultos mayores y personas con discapacidad. Esta situación golpea fuertemente en los barrios de la Ciudad de Buenos Aires, sobrepasando las capacidades institucionales de brindar respuesta y las posibilidades familiares y comunitarias de afrontamiento.
El incremento de las desigualdades sociales, del desempleo y de la pobreza, sumados a procesos inflacionarios en contextos de dolarización de la economía y extractivismo financiero, dieron lugar en los últimos meses a una exponencial suba en el precio de los productos de la canasta básica alimentaria. Lo que, a la par del ajuste en el financiamiento de programas alimentarios -cuyos presupuestos quedaron por debajo de la inflación- atenta contra los derechos humanos básicos como la alimentación, la salud y la vida.

El hambre y la inseguridad alimentaria tienen consecuencias adversas a largo plazo para el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, limitan su potencial y atentan contra la salud de la población en general y diferencialmente. de acuerdo a intersecciones de edad, género, etnia y clase social.

El derecho a la alimentación en la Argentina se encuentra contemplado en diversos Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional. Al respecto, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce en su Art 11° “el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados” y; “el derecho fundamental de toda persona de estar protegida contra el hambre”. Por su parte, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, en su Art 20 garantiza el derecho a la salud integral, al que lo vincula directamente con la satisfacción de las necesidades de alimentación.

De acuerdo a las Naciones Unidas, el Derecho a la Alimentación es “un Derecho Humano Universal que se logra cuando todas las personas tienen acceso y disponibilidad a alimentos adecuados en todo momento, sin discriminación de ningún tipo”. Esta definición, comprende que la Seguridad Alimentaria debe ser tratada en sus múltiples dimensiones, entre ellas: disponibilidad, acceso, estabilidad y utilización; las que en la actual situación se ven afectadas por los procesos macro económicos y sociales descriptos.

Por lo cual, comprendemos que la atención de la seguridad alimentaria y nutricional requiere de políticas integrales que actúen en las diversas dimensiones y no depende sólo del proyecto de Ley en curso, sino que se encuentra relacionada con cuestiones macroeconómicas, con políticas de producción, de empleo, de seguridad y protección social. De modo que, si bien no es suficiente, sí resulta necesario en la actual coyuntura disponer del incremento de las partidas presupuestarias correspondientes a políticas nacionales de alimentación y nutrición para paliar la actual situación.
Desde la Secretaría de Derechos Humanos y Sociales del Consejo Profesional de Graduados en Trabajo Social, en consideración a las incumbencias establecidas en la Ley Federal de Trabajo Social N° 27072, la que entiende que el ejercicio profesional se encuentra orientado en defensa, reivindicación y promoción del efectivo ejercicio de los derechos humanos y sociales; manifestamos nuestro apoyo al tratamiento legislativo y sanción por parte del Poder Legislativo del Proyecto de Ley de Emergencia Alimentaria, el que será tratado por la Cámara de Senadores a tratarse este Miércoles 18 de Septiembre.